Opinión

Patentes Esenciales: avances en mejoras sostenibles

  • "Si el resultado de este examen indica un impacto negativo...
  • Bruselas  deberá proponer las modificaciones adecuadas"
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Las licencias de patentes esenciales, SEP se dotan de mayor seguridad, trasparencia, tras la votación que tuvo lugar éste 28 de febrero en el Parlamento Europeo, P9_TA(2024)0100 Patentes esenciales para normas Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 28 de febrero de 2024, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las patentes esenciales para normas y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1001 (COM(2023)0232 - C9-0147/2023 - 2023/0133(COD)).

Las patentes esenciales para normas, del inglés SEP, son patentes que protegen la tecnología que se ha declarado esencial para la aplicación de una norma técnica adoptada por un organismo de normalización, ON. Estas normas se refieren, entre otros a las normas de conectividad: 5G, Wi-Fi, Bluetooth o NFC, entre otras o bien, de compresión y descompresión de audio y vídeo.
Para que un producto sea conforme a una norma, el ejecutor debe utilizar las patentes esenciales adecuadas.

El monopolio concedido por estas patentes específicas se compensa con el compromiso de los titulares de SEP de conceder licencias sobre estas patentes en condiciones equitativas, razonables y no discriminatorias, del inglés FRAND, permitiendo así que los ejecutores accedan al mercado.

El marco para la concesión de licencias de SEP propuesto tiene por objeto crear un sistema equilibrado que establezca una referencia mundial para la transparencia de las SEP, la reducción de los conflictos y la eficacia de las negociaciones.

Se plantean como objetivos generales de esta iniciativa propuesta son: a) Garantizar que los usuarios finales, incluidas las pequeñas empresas y los consumidores de la UE, se beneficien de productos basados en las últimas tecnologías normalizadas; B) Hacer que la UE resulte atractiva para la innovación en materia de normalización; C) Animar tanto a los titulares de SEP como a quienes las aplican a innovar en la UE, fabricar y vender productos en la UE y ser competitivos en los mercados extracomunitarios.

La iniciativa pretende incentivar la participación de las empresas europeas en el proceso de elaboración de normas y la amplia implantación de esas tecnologías normalizadas, especialmente en los sectores de la Industria de Internet de las cosas, IIoT.

Destacamos cómo elementos de la propuesta de Reglamento: a) La creación de un registro obligatorio en la Oficina Europea de Propiedad Intelectual, EUIPO con sede en Alicante (España), donde los titulares de SEP inscriben sus SEP, facilitando detalles sobre la patente y la norma.

Las SEP seleccionadas se someten a un control de esencialidad no vinculante; La creación de una base de datos electrónica que contenga información, entre otras cosas, sobre los cánones agregados, las condiciones FRAND o cualquier programa de concesión de licencias, así como los programas de concesión de licencias colectivas; normas sobre el registro de SEPs; un procedimiento para evaluar los controles de esencialidad de los SEPS registrados; Canon agregado SEP: Los titulares de SEP podrán notificar en el registro el canon agregado máximo previsto; Un procedimiento para la resolución extrajudicial de litigios relativos a la equidad, razonabilidad y no discriminación de las condiciones (determinación FRAND).

Un mecanismo de resolución extrajudicial de litigios dirigido por expertos y limitado en el tiempo del que pueden beneficiarse los titulares y aplicadores de SEP al negociar una licencia FRAND; Medidas de apoyo a las PYME: servicios gratuitos de asesoramiento; tasas reducidas para el registro de SEP y controles de esencialidad y acceso al registro de SEP; La creación de un centro de competencia dentro de la EUIPO para gestionar los elementos anteriores (registro, base de datos, controles de esencialidad, tasas globales, determinación de FRAND y servicios de apoyo a las PYME).

El Reglamento propuesto se aplicará a todas las normas que publiquen los organismos de normalización tras su entrada en vigor. No obstante, cuando la concesión de licencias SEP no plantee dificultades o ineficiencias significativas que afecten al funcionamiento del mercado interior, la Comisión establecerá normas o implementaciones o casos de uso relacionados, a los que no se aplicarán las disposiciones de los procedimientos de determinación de los cánones agregados ni la determinación FRAND.

El Reglamento propuesto, en principio, no se aplicará a las normas que hayan sido publicadas por organismos de normalización antes de su entrada en vigor. No obstante, cuando el funcionamiento del mercado interior se vea gravemente distorsionado debido a ineficiencias en la concesión de licencias de SEP, la Comisión Europea determinará, dentro de los plazos establecidos en la propuesta de Reglamento, las normas o implementaciones o casos de uso relacionados a los que se aplicará el Reglamento propuesto.

La propuesta de Reglamento expresa como importante la evaluación de los nuevos instrumentos, dado que las medidas propuestas también tienen un impacto a nivel mundial, creyendo que también deberá examinarse el impacto sobre la competitividad de los titulares europeos de SEP a nivel mundial y sobre la innovación en Europa.

Si el resultado de este examen indica un impacto negativo, la Comisión Europea deberá proponer las modificaciones adecuadas en caso necesario. A nivel mundial, desde la Organización Mundial de Propiedad Intelectual WIPO - OMPI y su Centro de Arbitraje y Mediación WIPO - OMPI donde soy Árbitro y Mediadora destaco una de las iniciativas a las que desde el Despacho nos hemos adherido: el Pledge - Compromiso en mediación para controversias sobre tecnología y propiedad intelectual.

Tiene como objetivo promover el uso de la mediación para ayudar a reducir el impacto de las controversias en los procesos de innovación y creatividad, un beneficio que los casos de mediación administrados por la OMPI WIPO han demostrado en práctica. Avanzamos en dos vías a nivel Europeo y a nivel Internacional si bien, con el objetivo de mejorar en las Patentes, en la creatividad intelectual del Ser Humano.

Socia de Arbitraje y ADRs de Studio Legale Ovoli Frugoni Romero Abogados.

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