Declaración de la renta

Matrimonios o parejas de hecho: en qué casos compensa hacer la declaración de la Renta de forma conjunta

Foto: Dreamstime.

La tributación conjunta es una opción que todos los años se pone encima de la mesa en las familias cuando llega el momento de hacer la declaración de la Renta. Sin embargo, no siempre se tiene claro bajo qué condiciones ha de hacerse esa tributación.

Año tras año, y a pesar de que la declaración de la Renta es un trámite del que en muy pocas ocasiones podemos escapar, nos surgen las mismas dudas. Una de ellas es la de los efectos de ser parte de un matrimonio o de una pareja hecho en lo que respecta a la Renta: qué opción es más 'beneficiosa' y en qué condiciones podemos presentar el borrador si estamos un régimen u otro.

La Agencia Tributaria explica en su página web que "con carácter general, la declaración del IRPF se presenta de forma individual" pero que "las personas integradas en una unidad familiar pueden declarar de forma conjunta". Y en la composición de la unidad familiar está la clave para ver las diferencias entre los matrimonios y las parejas de hecho.

La tributación conjunta en los matrimonios

Hacienda informa de que en los matrimonios la tributación conjunta engloba a los dos cónyuges y, en el caso de que existiesen, a los hijos menores de edad que no vivan con los progenitores y a los hijos mayores incapacitados judicialmente y sujetos a patria potestad.

La reducción para las declaraciones conjuntas en los matrimonios es de 3.400 euros en la base imponible.

La tributación conjunta en las parejas de hecho

En este caso, la tributación conjunta solo la podrá realizar uno de los dos cónyuges con el resto de los hijos con los que convivan. Por lo tanto, no está disponible para los dos miembros de la pareja de hecho, a diferencia de lo que sucede con los matrimonios. Así, el otro miembro debe hacer una declaración individual.

La reducción para las declaraciones conjuntas en las parejas de hecho es de 2.150 euros en la base imponible para la persona que se acoge a ella.

Cuándo compensa hacer la declaración conjunta en la Renta

Lo cierto es que, a pesar de las reducciones que ofrece en la base imponible del contribuyente, la declaración conjunta no siempre compensa a los ciudadanos y es beneficiosa solo en algunos casos muy determinados. La razón es simple: al unirse los ingresos de todos los contribuyentes de la unidad familiar es posible que saltemos a tramos superiores de IRPF en los que se nos gravará más por ese impuesto.

Solo en aquellas situaciones en las que uno de los dos cónyuges tenga muy pocos ingresos o directamente ninguno será realmente beneficioso acogerse a la declaración conjunta. En esos casos, la reducción en la base imponible compensaría el impacto de la suma de los ingresos de los dos miembros de la unidad familiar.

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