Vivienda - Inmobiliario

Llega el índice de precios del alquiler: arranca el control en 140 municipios de Cataluña

Vistas de la ciudad de Barcelona

El índice de precios de referencia del alquiler para limitar las rentas ya es una realidad tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde también se ha publicado la declaración de zona tensionada para 140 municipios de Cataluña, por lo que de forma inmediata podrá empezar a aplicarse el control del alquiler en esta región.

Según se refleja en el BOE, la limitación de los precios, que afecta principalmente a los grandes tenedores, en Cataluña tendrá impacto para aquellos que tengan cinco o más viviendas en propiedad dentro de la zonas tensionadas. De este modo, la Generalitat ha hecho uso de la posibilidad de rebajar de diez a cinco inmuebles la definición de gran tenedor.

La ley de vivienda define a los grandes tenedores como las personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 inmuebles de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial (excluyendo garajes y trasteros). Ahora bien, la norma permite expresamente que, en las zonas de mercado residencial tensionado, las comunidades autónomas puedan reducir el umbral a 5 o más inmuebles, como ha hecho Cataluña.

Entre las zonas afectadas en Cataluña destacan las capitales de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona, y las principales poblaciones del Área Metropolitana de Barcelona, como Hospitalet de Llobregat, Terrassa, Badalona, Sabadell, Mataró o Santa Coloma de Gramenet, junto a Reus, en Tarragona.

El índice ha recibido un total de seis alegaciones, que según explican fuentes del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana no han sido aceptadas. Las mismas fuentes indican que ha sido posible la declaración de zona tensionada de los 140 municipios gracias a que la Generalitat de Cataluña subsanó en su boletín oficial la declaración presentada el pasado agosto, lo que apuntan que era "un paso necesario".

El índice de precios de referencia es la medida más cuestionada dentro de la nueva ley de vivienda, ya que se encargará de intervenir el mercado en las zonas que se declaren como tensionadas, si bien, su impacto dependerá y será diferente dependiendo del tipo de propietario de la vivienda (grandes tenedores y pequeños propietarios) y el tipo de contrato (en curso o nuevo).

¿Cómo aplica el índice?

Si existió un contrato anterior en los últimos cinco años:

El pequeño propietario tomará como referencia la última renta del contrato de arrendamiento, pudiendo incrementar la actualización anual.

El gran tenedor debe aplicar el sistema de índice de precios de referencia, salvo que la renta anterior, más la actualización, fuera inferior a la renta resultante del sistema de índice de precios de referencia que se aplica en la zona.

Si no existió contrato anterior en los últimos cinco años, en las zonas tensiondas, se aplicará el índice de precios de referencia en ambos casos.

La limitación del alquiler se extenderá durante tres años, ya que es el periodo en el que estará vigente la declaración de área tensionada. No obstante, esta declaración se podrá prorrogar anualmente una vez hayan transcurrido los tres años, pero siempre y cuando "subsistan las circunstancias que motivaron tal declaración y previa justificación de las medidas y acciones públicas adoptadas para revertir o mejorar la situación desde la anterior declaración", según se explica en la Ley de Vivienda.

Por otro lado, ni País Vasco ni Navarra podrán optar por el momento a este sistema, ya que son comunidades con regímenes fiscales distintos, por lo que el Ministerio no ha podido tener acceso a las declaraciones de las renta, que la base de este sistema, de los propietarios de estos territorios. Sin embargo, se está trabajando desde el Ministerio para desarrollar el índice en ambas comunidades.

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