Economía

Esta es la subida de las pensiones y de la edad de jubilación en 2024

Este 1 de enero entra en vigor la subida generalizada del 3,8% aprobada por el Gobierno para las pensiones de cara al año 2024, con un coste de 7.300 millones de euros, aunque las pensiones mínimas crecerán por encima de esta cantidad, lo que elevará el gasto hasta los 8.280 millones en el nuevo año. Las prestaciones crecerán unos 46 euros al mes de media. Además, los españoles que quieran jubilarse a partir de este lunes, 1 de enero, con el 100% de la pensión, tendrán que tener al menos 66 años y seis meses cumplidos, en virtud de la reforma de pensiones de 2013, en la que se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años en un horizonte total de 15 años.

No obstante, volviendo a la revalorización de las pensiones para este año, cabe señalar que el aumento del 3,8% para 2024 es el resultado del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023, según la fórmula establecida en la Ley 20/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, aprobada en 2021 y acordada con los interlocutores sociales.

Así quedan las pensiones

Con esta subida, el aumento de la pensión media de jubilación, de 1.380 euros al mes, es de 734 euros al año, o 52 euros al mes. En los dos últimos años, la subida de esta pensión media de jubilación ha sido de unos 2.230 euros.

El Gobierno también acordó el incremento de las pensiones mínimas y de las no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que será mayor, del 6,9%, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023 y en virtud de la recomendación 15ª del Pacto de Toledo.

En el caso de la pensión mínima de viudedad, con cargas familiares, se equipara su cuantía a la de la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo, lo que supone un incremento del 14,1%. Es la que experimentará un mayor ascenso porcentual en 2024. Las pensiones no contributivas de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizarán también en un 6,9% para 2024, lo que supone alcanzar los 517,9 euros mensuales, que equivalen a 7.250,6 euros anuales. La pensión mínima para los hogares unipersonales se fija en 11.552,8 euros anuales (frente a los 10.963,4 euros de 2023) y de 14.466,2 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2023, era de 13.526,80 euros).

En total, casi 11,8 millones de pensionistas y perceptores de prestaciones van a ver conservado o aumentado su poder adquisitivo, entre los beneficiarios de pensiones contributivas y no contributivas, los de Clases Pasivas, los hogares a los que alcanza el IMV y los perceptores de prestaciones por hijo a cargo con discapacidad.

El coste de la revalorización al 3,8%, estimado para el conjunto de 2024, es de 7.300 millones de euros. Si se añade la subida de las pensiones mínimas, de las no contributivas y del IMV, esta cifra asciende a 8.280 millones, de acuerdo con las previsiones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Edad de jubilación

En cuanto a la edad de jubilación. Esos 66 años y seis meses será la edad que se exija para quienes acrediten menos de 38 de cotización (en 2023 se exigen 66 años y cuatro cumplidos para poder jubilarse con menos de 37 años y nueve meses cotizados). Si se superan los 38 años cotizados, los trabajadores que quieran jubilarse desde el 1 de enero de 2024 con el 100% de la pensión tendrán que tener 65 años cumplidos.

Lo que no cambió con la reforma de 2013 es el requisito de cotización mínima para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación, que se mantiene en al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.

Jubilación parcial

En el caso de que los trabajadores quieran acceder a la jubilación parcial sin que la empresa haga un contrato de relevo, la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será desde el 1 de enero de 2024 de 62 años y seis meses si se tienen cotizados 36 años o más, o de 64 meses en el caso de que se tengan 33 años cotizados.

La jubilación anticipada

La Seguridad Social permite jubilarse anticipadamente a los trabajadores de forma voluntaria hasta un máximo de 24 meses antes de la edad legal ordinaria. Si la jubilación anticipada es involuntaria, es posible jubilarse hasta un máximo de 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria.

En el caso de la jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica una serie de coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión, que dependen del número de meses de adelanto de la edad de retiro y del periodo de cotización acumulado.

Por contra, si se retrasa voluntariamente el acceso a la pensión de jubilación después de la edad ordinaria, el pensionista recibirá una bonificación, que puede consistir en un porcentaje adicional de pensión del 4%, una cantidad a tanto alzado o una combinación de ambos si se demora la jubilación dos años o más.

WhatsAppTwitterTwitterLinkedinBeloudBeloud