Transportes y Turismo

La ley de movilidad se estanca por el adelanto de las elecciones

  • Las empresas deben incluir un plan de desplazamiento para el empleado
  • La norma se congela hasta la llegada de los comicios
Pedro Sánchez en el Congreso de los Diputados. EFE

El proyecto de Ley de Movilidad Sostenible encaraba su recta final en el Congreso. Este texto legal había pasado el reconocimiento del Consejo de Ministros y se encontraba en tramitación parlamentaria para su aprobación a finales de este año. Sin embargo, el presidente del Gobierno (ahora en funciones), Pedro Sánchez, decidió disolver las Cámaras y adelantar las elecciones generales al próximo 23 de julio tras la debacle sufrida en las ya celebradas elecciones autonómicas.

Esta situación ha provocado que la norma se haya quedado a un solo paso de ver la luz. A pesar de ello, no ha desaparecido, habrá que esperar a la decisión del nuevo Gobierno para aprobar esta norma junto a los más de 60 proyectos legislativos que se han quedado en el aire. 

Este texto, que se encuentra a la espera de obtener la luz verde, será aplicable para todos los ciudadanos, aunque pone especial énfasis en la población que reside en territorio urbano debido al problema de la masificación de las ciudades y las grandes distancias que hay que recorrer de un lugar a otro con la emisión de grandes cantidades de gases que propician la contaminación y el cambio climático.

La movilidad es un elemento indispensable en la vida de las personas. Por este motivo, la norma surge como una manera de paliar y facilitar los desplazamientos de las personas cuando realizan un conjunto de actividades sociales tales como acudir a los centros sanitarios, a los de enseñanza, para relacionarse o bien para ir a trabajar. Para garantizar la libertad de movimiento de la ciudadanía, la norma establece que las Administraciones Públicas "deberán facilitar el derecho a la movilidad en los términos establecidos en la ley, a través de un sistema de movilidad, definido como un conjunto de infraestructuras, modos de transporte y servicios que faciliten los desplazamientos de las personas y el transporte de las mercancías".

El proyecto parlamentario, en aras de progresar hacia la ciudad de futuro mediante la aplicación de las nuevas tecnologías y la eficiencia energética, propone una serie de planes de movilidad que las empresas tienen la obligación de cumplir para facilitar el desplazamiento de los trabajadores al lugar de trabajo. 

También incentiva a la población a utilizar el transporte público, la bicicleta, el patinete convencional o los vehículos de bajas emisiones como opción alternativa. Además, se incluyen una serie de directrices que las empresas tienen que cumplir y otros artículos inmersos en la norma que garanticen la movilidad sostenible y el cuidado del medio ambiente en un momento en el que el cambio climático golpea a la civilización.  

Movilidad empresarial 

La Ley establece unas directrices para las empresas con más de 500 empleados o "250 por turnos" a incluir un plan de movilidad que facilite el desplazamiento de los trabajadores tanto a la hora de entrada como a la hora de salida. A partir de la entrada en vigor de esta ley, las empresas deberán incluir planes que fomenten la movilidad mediante la aplicación del transporte colectivo o el uso de vehículos eléctricos. Para velar por la seguridad laboral, las empresas deben establecer medidas orientadas a la seguridad y la prevención de accidentes en los desplazamientos de trabajo (lo que se conoce como accidente laboral in itinere). 

Al mismo tiempo, para las grandes empresas con un volumen de negocio de 1.000 empleados ubicados en áreas geográficas de más de 500.000 habitantes, la norma obliga a las entidades a incluir medidas que reduzcan la movilidad de las personas en las horas de mayor tráfico, así como también impone a los trabajadores el empleo de coches eléctricos y de bajas emisiones para cumplir con el plan cero emisiones. 

Por otro lado, esta norma también permite a los sindicatos negociar convenios colectivos para proponer medidas que favorezcan la movilidad de los trabajadores de las empresas al lugar de trabajo. La disposición final tercera recoge el primer apartado del artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores donde se expone que los sindicatos "podrán regular materias de índole económica, laboral, sindical y, en general, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo". Además, añade que "existirá el deber de negociar medidas para promover la elaboración de planes de movilidad sostenible al trabajo, orientados a buscar soluciones de movilidad que contemplen el impulso del transporte colectivo, la movilidad de cero emisiones, la movilidad activa y la movilidad compartida o colaborativa, de cara a conseguir los objetivos de calidad del aire y reducción de emisiones, así como a evitar la congestión y prevenir los accidentes en los desplazamientos al trabajo".

Educación sostenible

Para lograr una mayor concienciación del concepto de movilidad sostenible dentro de la población, la norma plantea introducir conceptos en los centros de enseñanza. Esta medida se aplicaría desde las etapas básicas y bachillerato hasta las universidades y formaciones profesionales.

El sistema educativo, con la aplicación de esta ley, abordará temas relacionados con la educación y seguridad vial para la prevención de accidentes, la multimodalidad de los transportes o el empleo de los medios de traslado de la forma más eficiente y sostenible posible.

Los profesores tendrán un papel importante en este sentido, ya que serán los encargados de trasladar a los alumnos la didáctica sobre movilidad sostenible. Los docentes tendrán acceso a programas de formación en materia de movilidad y transportes sostenibles para interiorizar los conocimientos sobre sostenibilidad para su posterior difusión.

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