Legal

El ICAM impulsa el amparo de los abogados ante los actos que coartan su independencia

  • El 71% de los profesionales vivió algún menoscabo a su libertad o actos irrespetuosos
  • El Colegio exigirá de forma inmediata los tribunales cesar las actitudes denunciadas
Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, Eugenio Ribón. | EE
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El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) promueve el amparo colegial de los abogados de forma "inmediata" frente a cualquier actitud irrespetuosa hacia un profesional o que coarte su independencia y libertad, desde el acoso, a cualquier tipo de violencia, ya sea física o verbal.

El Colegio ha puesto a disposición de los abogados varias vías (desde una aplicación, su propia página web o el correo electrónico) para que puedan solicitar el amparo colegial, ante las alarmantes cifras. El 71% de los abogados de Madrid han experimentado algún tipo de menoscabo en su ejercicio profesional y, de ellos, el 96%, en repetidas ocasiones, según revela el estudio Radiografía de la profesión elaborado por el ICAM.

¿Qué es el amparo colegial?

El amparo colegial es la actuación llevada a cabo por la Junta de Gobierno del ICAM para proteger y garantizar la dignidad, independencia y libertad de los profesionales de la abogacía. Las situaciones amparables son todas aquellas que supongan una vulneración de los principios de independencia y libertad para que un abogado cumpla con sus deberes profesionales o la falta de consideración debida por parte de la autoridad, el juez o el tribunal. También son amparables conductas de violencia física o aquellas susceptibles de violentar o intimidar al profesional. No son amparables las discrepancias relacionadas con cuestiones procesales o de derecho sustantivo, que deberán solventarse por el cauce de los recursos que prevé la ley.

El Colegio de Madrid, una vez estimada la queja del abogado, podrá dirigir comunicaciones de forma inmediata a los diferentes tribunales, Administraciones Públicas, Salas de Gobierno, Presidentes de Tribunales y Audiencias, jueces decanos, organismos oficiales, o cualquier otro operador donde se haya generado el conflicto, alzando una queja para que se corrijan las actitudes denunciadas. También podrá requerir al superior jerárquico del organismo donde se genere la incidencia que proceda a la aclaración de los hechos y, en su caso, cese y corrija los comportamientos indeseables. También se instará a que proceda a dar las oportunas instrucciones a los funcionarios y demás personal involucrado para evitar situaciones similares.

Presentación de la solicitud

La solicitud de petición de amparo colegial deberá contener un exposición de los hechos e ir acompañada de la documentación acreditativa de los mismos y de las medidas que se solicitan al Colegio. Si se pide más información al profesional y no responde en cinco días se archivará la queja.

La petición de amparo podrá hacerse llegar al ICAM a través del servicio de Diputado de Guardia, por otros departamentos como el del Turno de Oficio o el de Servicios Jurídicos que tengan como fin proteger a los profesionales, por la app, el correo electrónico o la web de la Defensa de la Abogacía.

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