Declaración de la renta

Así puedes deducirte más de 2.000 euros en la declaración de la Renta si has firmado una hipoteca

Oficina de la Agencia Tributaria. / Foto: EP

A la hora de hacer la declaración de la Renta, cuya campaña comienza de manera oficial el próximo 3 de abril de 2024 para las presentaciones online, hay que tener en cuenta las deducciones a las que se pueden acoger los contribuyentes que cumplan con una serie de requisitos, como es el caso de aquellos que hayan firmado una hipoteca antes del cumplimiento de cierto plazo.

La deducción hipotecaria en la declaración de la Renta depende, por tanto, de la fecha en la que se haya firmado, ya que es uno de los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria para poder beneficiarse de lo que se conoce como 'Deducción por inversión en vivienda habitual'.

Deducción por inversión en vivienda habitual

Se trata de una de las deducciones de la declaración de la Renta, que solamente se aplica a los contribuyentes que firmaran una hipoteaca antes del inicio del año 2013, ya que esta forma de desgravarse se supimió a partir del 1 de enero de 2013: "Si te has deducido antes de esa fecha puedes seguir aplicando esta deducción en tu declaración de Renta", se indica en Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Sin embargo, hay que cumplir otra serie de requisitos para poder seguir aplicando este año la deducción: los contribuyentes tienen que haber aplicado esta deducción también en el año 2012 o en años anteriores, además de que la vivienda correspondiente a dicha hipoteca tiene que ser la vivienda habitual del contribuyente.

En concreto, tal como señala la Agencia Tributaria, a partir del 1 de enero de 2013, solo se puede aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades satisfechas en el período de que se trate en los siguientes casos:

  • Si has adquirido tu vivienda habitual o has pagado cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.
  • Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
  • Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad, siempre y cuando las citadas obras o instalaciones hayan finalizado antes de 1 de enero de 2017.

En todo caso, para poder aplicar la deducción por vivienda habitual se exige que te hayas aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayas podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

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