Motor

A partir de esta velocidad, el radar nos puede quitar puntos del carné de conducir

  • Sobrepasar cierto límite de velocidad supondrá no solo cuantía económica, también retirada de puntos

Cuando circulamos por una vía sabemos cuál es la velocidad máxima a la que podemos ir, pero en caso de sobrepasarla, puede que no tengamos claro a partir de qué velocidad nos pueden quitar puntos del carné. Esto es lo que dice la DGT.

Con más de 2.000 radares fijos repartidos en toda España, un despiste en la carretera puede hacer que superemos la velocidad límite de la vía y que una de las cámaras nos fotografíe. En estos casos de despiste, la velocidad no suele ser mucho más alta que la máxima que la vía permite, por lo que tendremos que pagar un importe de 100 euros sin retirada de puntos del carné. Pero, ¿a partir de que velocidad nos quitan puntos?

En ciudad a 71 km/h

Para que sea más fácil recordar a la velocidad a la que nos pueden quitar puntos, ten en cuenta que todas las vías desde los 20 hasta 90km/h no te quitarán ninguno si superas la velocidad en hasta 20 km/h, mientras que las son de 100 km/h de velocidad máxima en adelante, el tramo aumenta hasta los 30 km/h.

Por lo que, en ciudad, con límite de velocidad en 50 km/h, el tramo de 51 a 70 km/h será multado con 100 euros. A partir de aquí ya conlleva retirada de puntos, y los tramos se reducen a 10 km/h. Dos puntos y 300 euros, entre 71 y 80 km/h; cuatro puntos y 400 euros, de 81 a 90 km/h; seis puntos y 500 euros, entre 91 y 100 km/h; y 6 puntos y 600 euros, de 101 km/h en adelante. Esta última sanción se considera falta muy grave, mientras que las anteriores son únicamente graves.

En autopista a 151 km/h

Como antes hemos mencionado, en vías con límite de velocidad a partir de 100 km/h, los tramos y las multas funcionan de manera diferente. Y para entenderlo fácilmente vamos a elegir una vía con límite en 120 km/h.

Entre 121 y 150 km/h la multa es de 100 euros y no conlleva retirada de puntos; desde los 151 a los 170 km/h, la multa asciende a 300 euros y dos puntos; de 171 a 180 km/h, 400 euros y cuatro puntos; si circula entre 181 y 190 km/h, 500 euros y seis puntos; e, igual que antes, si superas los 191 km/h la multa sube hasta los 600 euros. Esta no conlleva la retirada de más puntos, pero pasa a ser una falta muy grave.

Recordamos que las cuantías económicas son reducibles al 50% si se pagan dentro de los 20 primeros días desde la entrega de la notificación. Una vez conocidas todas las multas, solo queda seguir disfrutando de la carretera con especial atención a los límites de velocidad, para así, no tener que pagar ni perder ningún punto del carné de conducir.

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